En Fincaldia administramos comunidades de propietarios con seriedad y transparencia, ofreciendo un servicio adaptado a sus necesidades
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Desde que se reformara el Art. 17 LPH, añadiéndose el apartado 12, a través del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, se establece los siguiente: “El acuerdo por el que se limite o condicione el ejercicio de la actividad a que se refiere la letra e) del artículo 5 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en los términos establecidos en la normativa sectorial turística, suponga o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. Asimismo, esta misma mayoría se requerirá para el acuerdo por el que se establezcan cuotas especiales de gastos o un incremento en la participación de los gastos comunes de la vivienda donde se realice dicha actividad, siempre que estas modificaciones no supongan un incremento superior al 20%. Estos acuerdos no tendrán efectos retroactivos”.
A partir del 1 de julio de 2024, LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS podrán acogerse de forma PERMANENTE a la TARFA REGULADA DE GAS- TUR Vecinal las comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial y las agrupaciones de ellas, y los edificios de titularidad pública, de patronatos o de organizaciones sin ánimo de lucro, destinados al mismo uso. El RDL 4/2024 establece las condiciones y requisitos para contratar esta TUR.
BOE-A-2024-12944 Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social.
regulando su puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente.
El texto incluye nuevas medidas de seguridad obligatorias, como la mejora de nivelación, la detección en puertas con cortinillas y no solo con haz puntual para evitar atrapamientos por las puertas de cabina o nuevas medidas de protección de los usuarios contra los movimientos ascendentes incontrolados de la cabina.
Además, otras medidas presentes en la normativa son la necesidad de contar con un sistema de comunicación bidireccional en la cabina, la sustitución obligatoria de guías de madera y cilíndricas, la implementación de dispositivos que controlen la carga que tiene el ascensor y la modernización de los contrapesos para que no puedan salirse de la guía.
Medidas, que implicaran un gasto extra para la comunidades
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